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Destruyendo la libertad mediante la protección estatal: la Primera Enmienda

Para que un Estado siga existiendo de forma significativa, debe tratar constantemente de centralizar el poder. Independientemente de las intenciones originales de los fundadores de un Estado o de la herencia que éste reivindique, si los que dirigen el Estado se limitan a mantener sus poderes existentes en lugar de aumentarlos, se verán eludidos. Las subdivisiones y las comunidades locales orgánicas nominalmente dependientes del Estado se desarrollarán independientemente del centro de poder del Estado, y el poder del Estado, durante un periodo carente de centralización, se volverá insignificante en el mejor de los casos. Esto hace necesario que el Estado se centralice en respuesta a cualquier localidad divergente para seguir existiendo.

Para sostener su centralización, el Estado se apoya en narrativas y justificaciones propagadas por sus apologistas. Una de las justificaciones más populares del creciente alcance del poder desde principios de la era moderna ha sido la salvaguarda de los derechos y libertades de las personas sometidas al Estado. Contrariamente a lo que se promete, la salvaguarda de los derechos y libertades sólo sirve para expandir el poder del Estado, centralizando aún más sus dominios y, con el tiempo, regulando inevitablemente los derechos y libertades, erosionando la propia causa. Esto no se demuestra más claramente que en la historia de los Estados Unidos, concretamente en la Primera Enmienda.

Nacimiento de la Constitución y la Primera Enmienda

A lo largo de la historia de los Estados Unidos, la justificación para tener un gobierno ha descansado en la defensa de la libertad americana. La secesión de América de Gran Bretaña comenzó con un llamamiento para que se restituyeran los derechos ingleses a las colonias y para que el gobierno británico dejara de infringir los derechos naturales. Pocos años después de que terminara la guerra, los Federalistas nacionalistas empezaron a abogar por una autoridad central, un gobierno federal, que nominalmente debía proteger los derechos y mantener el orden en el nuevo país frenando el mayoritarismo. Los federalistas defendieron esta postura en los Federalist Papers y acabaron imponiéndose.

Los Federalistas establecerían un gobierno federal, pero en este proceso, los Federalistas hicieron concesiones a su oposición, los Antifederalistas, prometiendo una serie de enmiendas que se convertirían en la Declaración de Derechos. Aunque los Antifederalistas acabaron perdiendo de nuevo en esta ronda política, se impusieron una serie de restricciones al gobierno federal para proteger los derechos y garantizar la autonomía local. Aquí nació la Primera Enmienda.

El propósito original

Como se puede ver leyendo la Primera Enmienda, sólo el gobierno federal, el Congreso específicamente, vio restringida su autoridad. Dado su origen como compromiso entre reestructurar o fortalecer el gobierno federal, la aplicación limitada tiene sentido. Durante esta época, algunos estados y localidades eran establishmentarios, mientras que otros habían declarado la tolerancia religiosa. Prohibir al Congreso la creación de una iglesia nacional fue un acto no sólo para evitar el dominio de una secta sobre el país, uniendo al Sur anglicano y al Norte congregacionalista, sino también para preservar la descentralización política. El papel de la Carta de Derechos como restricción al gobierno federal se aclaró aún más en el caso Barron v. Baltimore. La decisión, una de las pocas sentencias descentralizadoras de la Corte Marshall, fue unánime al declarar que la Declaración de Derechos sólo se aplicaba al gobierno federal.

La pérdida de autonomía estadual

Tras la Guerra Civil americana, el gobierno federal victorioso y sus facciones Republicanas gobernantes intentaron reformar la estructura jurídica del país. Después de que la Decimotercera Enmienda aboliera la esclavitud en el país (excepto para uso gubernamental), invalidando de hecho la cláusula de los tres quintos que había limitado los representantes asignados al Sur, el futuro del dominio Republicano sobre el país parecía incierto. A los esclavos liberados del Sur se les podía seguir prohibiendo legalmente el voto, lo que limitaba la influencia Republicana en el Sur y reforzaba la Demócrata. Esto condujo a la imposición de las primeras Leyes de Derechos Civiles (que demuestran cómo la protección gubernamental de los derechos conduce a una centralización cada vez mayor). Esto aplacó algunos temores del Norte, pero no todos.

Unos meses más tarde, los Republicanos se propusieron codificar sus reformas en algo más permanente modificando la Constitución. El 16 de junio de 1866, la futura Decimocuarta Enmienda fue transmitida a cada uno de los gobernadores estatales para su ratificación. Al rechazar la enmienda todos los estados ex confederados, excepto Tennessee, los Republicanos radicales aprobaron las Leyes de Reconstrucción. La Reconstrucción sometió a los antiguos estados confederados a un gobierno militar hasta que, entre otros requisitos, cada estado ratificara la Decimocuarta Enmienda. Al año siguiente, 1868, la Decimocuarta Enmienda sería ley, allanando el camino para la incorporación de la Primera Enmienda.

La incorporación y sus consecuencias

La incorporación, tal y como la define Stephan Kinsella, es el proceso por el cual la Corte Suprema considera que los elementos de las ocho primeras enmiendas son necesarios para el debido proceso, incorporándolos a la cláusula del debido proceso de la Decimocuarta Enmienda. Esto permite al gobierno federal utilizar la Declaración de Derechos contra los gobiernos estatales, centralizando el país en torno al gobierno federal y homogeneizando las leyes del país. Ryan McMaken resumió el tema diciendo: «La Doctrina de la Incorporación, sin embargo, ha inclinado enormemente la balanza legal a favor del poder federal y convierte a los Estados Unidos en un Estado mucho más consolidado de lo que nunca se pretendió».

La Primera Enmienda se incorporó plenamente en 1940 y desde entonces se ha utilizado para pervertir la organización social orgánica y debilitar al mismo tiempo los derechos de propiedad. Marsh v. Alabama sostuvo que una ciudad compañía, una ciudad privada donde un negocio es propietario de las casas y la infraestructura para sus trabajadores, no podía prohibir a los forasteros distribuir literatura religiosa. Es decir, los derechos de propiedad privada se tiraron por la ventana para «defender» los derechos de los individuos. Saia v. Nueva York sostuvo que cualquiera podía utilizar un dispositivo de amplificación de sonido en una propiedad pública, nominalmente para proteger la libertad religiosa. Aunque esto entra dentro de la cuestión del uso de la propiedad pública, los detalles del caso parecen dejar claro que si la propiedad fuera privada, o si no se hubiera incorporado la Primera Enmienda, los lugareños se habrían sentido mucho menos agraviados durante su estancia en el parque.

En el ámbito de la religión y la escolarización, Illinois ex rel. McCollum v. Board of Education vio cómo el gobierno federal regulaba y centralizaba la escolarización, declarando que una escuela pública viola la cláusula de establecimiento si permite la educación religiosa durante el horario escolar a los alumnos o padres que participen voluntariamente. En el ámbito estadual, el caso Tudor v. el Consejo de Educación del municipio de Rutherford (Nueva Jersey) dictaminó que, debido a la incorporación de la Primera Enmienda, la Constitución de Nueva Jersey no podía permitir que los Gedeones, una organización privada, distribuyeran Nuevos Testamentos del Rey Jacobo a los niños en las escuelas, aunque la escuela proporcionara formularios de consentimiento a los alumnos y padres. Esta decisión sería imitada en todo el país. No sé cómo se protege la libertad religiosa impidiendo que los niños y los padres tengan la opción de aceptar la literatura. Engel v. Vitale declaró que la participación voluntaria en una oración patrocinada por la escuela viola la libertad religiosa al infringir la cláusula de establecimiento. Abington School District v. Schempp impidió que las escuelas leyeran las Escrituras sin comentarios y prohibió que las escuelas públicas utilizaran el Padre Nuestro, ordenando que la religión sólo puede ser tratada por la escuela de forma objetiva y laica.

Hay cientos de ejemplos más, pero esta lista demuestra el patrón general. El gobierno federal, bajo la bandera de la protección de los derechos y libertades, centraliza su poder estableciéndose como árbitro de los derechos. Las comunidades de propiedad privada, como la ciudad propiedad de compañía, pierden sus derechos de propiedad. Las escuelas públicas, desde los 1960, deben ofrecer un tratamiento «objetivo» y «neutral» de la religión en todos los aspectos, independientemente de los deseos de la localidad. Este mandato se vuelve aún más insidioso si se tiene en cuenta que la educación en casa seguía siendo ilegal en algunos estados hasta los 1990. También se prohibió la distribución de textos religiosos por parte de organizaciones privadas en el ámbito supuestamente público de las escuelas públicas, aunque otros ámbitos públicos (y algunos privados) deben soportar un proselitismo que los lugareños consideran irritante. Además, al erigirse en árbitro, el gobierno federal es ahora el definidor de los derechos. La definición que ha elegido para la libertad de expresión contradice directamente el enfoque de los derechos de propiedad sobre el tema y, debido a la ubicuidad del Estado, ver los derechos civiles a través de los derechos de propiedad es casi desconocido.

No caigas

La carnicería de derechos descrita anteriormente en nombre de su protección se aplica mucho más allá de la Primera Enmienda americana, pero capta perfectamente la historia. A lo largo del tiempo, los dirigentes de los Estados Unidos han sentado las bases o directamente han tiranizado el país, a pesar de afirmar lo contrario. El localismo y la descentralización han sido mutilados, ya que se ha hecho que todo el país se ajuste a decisiones francamente arbitrarias que van en contra de los derechos reales de propiedad y de la organización social orgánica. El Estado entiende explícita o implícitamente que esta tendencia le otorga más poder, permitiéndole vivir para tiranizar otro día.

Si queremos devolver la libertad al pueblo de este país, debemos desincorporar la Declaración de Derechos o hacer que su incorporación sea irrelevante. Mejor aún, si queremos devolver la libertad al pueblo de este país, debemos desmantelar el Estado y, para ello, no debemos caer nunca más en la falsa promesa de tener un Estado que «defienda» nuestros derechos.

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